Reclamaciones en materia de consumo
Reclamaciones en materia de consumo
La persona consumidora puede formular una reclamación contra la parte empresarial o profesional que le ha vendido un bien o le ha prestado un servicio, y cuya actuación considera la parte reclamante, que ha vulnerado sus derechos como persona consumidora.
Sólo pueden presentar una reclamación de consumo, las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión, y las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad comercial o empresarial.
Servicio de Deportes, Consumo y Promoción Agroalimentaria
Constitución Española de 1978 Art. 51
Estatuto de Autonomía de Castilla y León Art.27
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de la Bases del Régimen Local Art.31, Art.36
Ley 2/2015, de 4 de marzo, del Estatuto del Consumidor de Castilla y León
Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios
Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991. Disposición Adicional quinta.
- Información y protección al consumidor
- a instancia de parte